La explotación del agua se incorpora como uno de los nuevos 25 indicadores con los que la Unión Europea medirá los avances en la consecución de los objetivos marcados por el Pacto Verde Europeo



Las emisiones de gases invernadero, la huella de materiales, la explotación del agua, la proporción de impuestos ambientales respecto a la tributación global, las muertes prematuras por contaminación del aire o la parte del consumo de energía que es de origen renovable son algunos de los indicadores «clave» que medirán el progreso en la política verde y climática de la Unión Europea.
Con estos más de 25 nuevos indicadores, la Comisión Europea ha constituido el VIII Programa de Acción en materia de Medio Ambiente, un marco presentado este martes con el que aspira a cuantificar de forma transparente el avance de los UE-27 hacia los objetivos climáticos y medioambientales para 2030 que engloba el Pacto Verde Europeo.
«Las políticas de la UE deben garantizar que la UE recupera la senda para vivir y trabajar dentro de los límites de nuestro planeta», ha explicado la CE en un comunicado, en el que alega que los indicadores no solo se refieren al progreso de las políticas que favorecen los aspectos más ambientales sino también los económicos y sociales.
Así, uno de ellos es, por ejemplo, el «empleo y valor añadido bruto del sector de bienes y servicios medioambientales«, que informará sobre el nivel de «competitividad sostenible» de cada Estado miembro a partir del aumento de las cuotas de la economía verde y del empleo verde en el conjunto de la economía, y que reflejarán los datos de Eurostat.
Algunos indicadores más económicos son los que contabilizarán los subsidios concedidos a la industria de los combustibles fósiles, que la CE busca reducir hasta eliminarlos «sin dilación», así como el relativo a los bonos verdes que expondrá el uso de esta herramienta del mercado para favorecer las inversiones sostenibles, o el que analizará la «eco-innovación» mediante un observatorio especializado en este tema.
Otros, más centrados en lo ambiental, se proponen medir la expansión de la agricultura ecológica -contando con que en 2030 un 25 % de la tierra agrícola de la UE deberá ser de cultivo orgánico, según el Pacto Verde- así como la ratio de circularidad de los materiales, que en 2030 deberá duplicar la de 2020.
Por otro lado, el nuevo marco prestará especial atención al grado de conectividad de los bosques -con el objetivo de que este aumente integrando, por ejemplo, corredores ecológicos e infraestructura verde-, a la extensión de espacios marinos y terrestres protegidos (la idea es alcanzar el 30 % de las superficie total terrestre de la UE en 2030, y lo mismo para la marina) o a la conservación de especies de aves.
«Lo que no se puede medir, no se puede gestionar«
«Tenemos objetivos medioambientales y climáticos muy ambiciosos para lograr la transición ecológica justa que Europa y el mundo necesitan», ha aseverado en un comunicado el vicepresidente de la CE, Frans Timmermans, quien ha alegado que, sin embargo, «lo que no se puede medir, no se puede gestionar«.
«Estos indicadores clave nos ayudarán a aplicar las políticas acordadas en el marco del Pacto Verde Europeo al permitir determinar las tendencias y facilitar el debate razonado entre los responsables políticos sobre los ámbitos en los que es necesario redoblar los esfuerzos», ha señalado, por su parte, el comisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca, Virginijus Sinkevičius.
Según han avanzado desde el ejecutivo comunitario, la CE informará anualmente sobre los progresos realizados, basándose en el balance realizado por la Agencia Europea de Medio Ambiente a partir de 2023, con la ayuda de los indicadores clave seleccionados, que abordan las áreas de acción prioritarias para atajar la crisis ecológica, como son la mitigación y la adaptación al cambio climático, la economía circular, la contaminación cero y la biodiversidad.
Octavo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente de la Unión Europea


El Octavo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente establece un marco de seguimiento destinado a evaluar el progreso de la Unión Europea y sus Estados miembros en la consecución de los objetivos prioritarios del Pacto Verde Europeo y un mecanismo de gobernanza para garantizar la consecución de dichos objetivos prioritarios.
Tiene por objeto acelerar la transición ecológica hacia una economía climáticamente neutra, sostenible, no tóxica, eficiente en el uso de los recursos, basada en las energías renovables, resiliente, competitiva y circular de forma justa, equitativa e integradora, así como proteger, restaurar y mejorar el estado del medio ambiente, entre otras cosas deteniendo e invirtiendo la pérdida de biodiversidad. Apoya y refuerza un enfoque integrado de las políticas y la ejecución sobre la base del Pacto Verde Europeo.
Además, constituye la base para la consecución de los objetivos climáticos y medioambientales definidos en la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y sus ODS, así como de los objetivos de los acuerdos medioambientales multilaterales en materia de medio ambiente y clima.
Tiene seis objetivos prioritarios temáticos interrelacionados para el período que finaliza el 31 de diciembre de 2030:
a) la reducción rápida y predecible de las emisiones de gases de efecto invernadero y, al mismo tiempo, el incremento de las absorciones por sumideros naturales en la Unión para alcanzar el objetivo de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030, tal como se establece en el Reglamento (UE) 2021/1119, en consonancia con los objetivos climáticos y medioambientales de la Unión y garantizando una transición justa que no deje a nadie atrás;
b) el progreso continuo en el aumento y la integración transversal de la capacidad de adaptación, también sobre la base de enfoques relacionados con los ecosistemas, fortaleciendo la resiliencia y la adaptación y reduciendo la vulnerabilidad del medio ambiente, de la sociedad y de la totalidad de sectores de la economía, al cambio climático, al tiempo que se mejora la prevención de las catástrofes relacionadas con las condiciones meteorológicas y climáticas y la preparación ante estos fenómenos;
c) la evolución hacia una economía del bienestar que devuelva al planeta más de lo que toma de él, y el aceleramiento de la transición hacia una economía circular no tóxica en la que el crecimiento sea regenerativo, los recursos se utilicen de manera eficiente y sostenible y se aplique la jerarquía de residuos;
d) la consecución del objetivo de contaminación cero, también en relación con los productos químicos nocivos, a fin de lograr un entorno sin sustancias tóxicas, incluidos el aire, el agua y el suelo, y también en lo que atañe a la contaminación lumínica y acústica, y la protección de la salud y el bienestar de las personas, los animales y los ecosistemas frente a los riesgos e impactos negativos medioambientales;
e) la protección, conservación y recuperación de la biodiversidad marina, terrestre y de las aguas interiores dentro y fuera de las zonas protegidas, entre otras acciones, deteniendo e invirtiendo la pérdida de biodiversidad y mejorando el estado de los ecosistemas, sus funciones y los servicios que prestan y mejorando el estado del medio ambiente, en particular el aire, el agua y el suelo, así como luchando contra la desertificación y la degradación del suelo;
f) el fomento de los aspectos medioambientales de la sostenibilidad, y la reducción significativa de las principales presiones climáticas y medioambientales asociadas a la producción y el consumo de la Unión, en particular en los ámbitos de la energía, la industria, los edificios y las infraestructuras, la movilidad, el turismo, el comercio internacional y el sistema alimentario.
