La CHD controlará en tiempo real las zonas regables de la cuenca del Duero -

La CHD controlará en tiempo real las zonas regables de la cuenca del Duero

La Confededración Hidrográfica del Duero implanta sistemas de telemedida para controlar en tiempo real el consumo del agua a los grandes usuarios, principalmante al riego que consume el 85% del caudal de la cuenca


La Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) controlará en tiempo real las zonas regables de la cuenca del Duero que consumen más del 85% de las aguas superficiales de la cuenca mediante la instalación de sistemas de telemedida que controlarán los consumos de los grandes consumidores de agua.

Así se confirma tras la resolución publicada por el Boletín Oficial del Estado por la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) que regula la comunicación de los datos relativos a los caudales derivados y al régimen de caudales ecológicos a respetar por los titulares de aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico (DPH).

La resolución establece el control de caudales mediante telemedida o medición remota para los aprovechamientos de tercera (volumen entre 500.000 y 1.500.000 metros cúbicos) y cuarta categoría (volumen igual o mayor que 1.500.00), considerados relevantes por su incidencia en la gestión del dominio público hidráulico (DPH), lo que permitiría controlar en tiempo real las zonas regables del Estado que consumen más del 85% de las aguas superficiales de la cuenca del Duero.

De esta manera, la CHD requiere la implantación de sistemas de control de caudales automatizados que permitan una medición y registro en continuo, así como la integración de los datos en el Sistema de Información Hidrológica del Organismo.

El control registrará los parámetros imprescindibles para conocer con detalle y precisión en tiempo real los caudales derivados, utilizados, y en su caso los retornados, así como el correcto mantenimiento de los vigentes en cada momento en el punto de toma.

Los sistemas deberán estar instalados y plenamente operativos en el plazo de tres meses, con las condiciones y con las características en la respuesta del Organismo a la propuesta de cada usuario afectado.

Asimismo, el BOE recoge el control de archivos normalizados para categorías primera y segunda por el que se amplía la obligación de comunicación de datos al Organismo, manteniendo el resto de obligaciones, incluyendo la llevanza del libro de registro.

La CHD habilitará una aplicación en su página web con la finalidad de sustituir los envíos tradicionales en formato papel.



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