El Consejo del Agua analiza los nuevos criterios sanitarios sobre calidad

El Consejo del Agua analiza los nuevos criterios sanitarios sobre calidad

El Consejo Nacional del Agua aborda este lunes el proyecto de Real Decreto por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, aprobado el pasado mes de febrero y sujeto a informe preceptivo del Consejo


La Dirección general del Agua del Ministerio de Transición ecológica y reto Demográfico ha convocado para este lunes al Consejo Nacional del Agua que, entre otros asuntos abordará el nuevo proyecto de Real Decreto por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, aprobado el pasado mes de febrero por el Gobierno y sujeto a informe preceptivo del Consejo, según el orden del día de la convocatoria a la que ha podido tener acceso El Ágora.

El proyecto de Real Decreto sobre agua de consumo transpone a la legislación española la nueva Directiva UE sobre la calidad de las aguas de consumo humano que introduce cambios importantes, como la actualización de los parámetros y valores paramétricos de la calidad del agua, establecidos hace más de 20 años, la introducción de un método basado en la evaluación y gestión del riesgo a lo largo de todo el ciclo de suministro del agua, o la armonización de las sustancias y materiales autorizados para entrar en contacto con el agua de consumo.

El nuevo Real Decreto establecerá el marco legal para proteger la salud humana de los efectos adversos de cualquier contaminación del agua de consumo humano y mejorar el acceso de todos los ciudadanos a dicha agua; así como los criterios técnicos sanitarios que debe cumplir el suministro y calidad del agua de consumo y las instalaciones que permitan su distribución desde las masas de agua hasta el grifo del consumidor y el control de estas, garantizando su mejor acceso, salubridad, calidad y limpieza.

Estos criterios se aplicarán a todas aquellas aguas que, independientemente de su origen y del tratamiento de potabilización que reciban, se utilicen en la industria alimentaria o se suministren a través de redes de distribución públicas o privadas, depósitos o cisternas, y que además deben contar con el informe preceptivo del Consejo Nacional del Agua.

Los programas de control de calidad del agua de consumo humano deberán adaptarse a las necesidades de cada abastecimiento y cumplir los criterios de calidad previstos en esta disposición.

Las sustancias utilizadas en el tratamiento de potabilización del agua y productos de construcción instalados en el abastecimiento y en las instalaciones interiores pueden afectar a la calidad y salubridad de la misma, por ello, y sin perjuicio de lo previsto en esta norma, se regularán por normativa específica.

Ante incumplimientos de los criterios de calidad que señala esta disposición, será necesaria la investigación de la causa subyacente y garantizar que se apliquen lo antes posible las medidas correctoras y preventivas para la protección de la salud de la población abastecida. En determinadas condiciones se podrá conceder excepciones, cuando el suministro de agua en el abastecimiento no pueda mantenerse por ningún otro medio razonable y siempre y cuando no haya un riesgo potencial para la salud de la población.

Las decisiones sobre el control de la calidad del agua de consumo humano, así como la adopción de medidas correctoras ante los incumplimientos detectados, se ejecutarán en el nivel local.

Los consumidores deberán recibir información suficiente y oportuna de la calidad del agua de consumo humano, situaciones de excepción, medidas correctoras y preventivas, así como de todos aquellos aspectos que afecten al abastecimiento y que puedan implicar un riesgo para la salud de la población.

Información sobre el PERTE para la digitalización del agua

El Consejo Nacional del Agua, que presidirá la vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, también abordará, para elaborar su preceptivo informe, el reciente Reglamento por el que se modifica el Dominio Público Hidráulico y el referente a la instalación de plantas fotovoltaicas en el mismo. Así como el Real Decreto por el que se propone la  declaración de 67 reservas hidrológicas en todo el país, entre las que se incluyen 26 nuevas reservas naturales fluviales y, por primera vez, 19 reservas naturales lacustres y 22 reservas naturales subterráneas.

También revisarán los planes hidrológicos de Galicia Costa y de Baleares, pero no el resto, de los que solo se dará cuenta de las gestiones de seguimiento y debatirán sobre la regulación de los procedimientos administrativos relativos al cumplimiento de las normas técnicas de seguridad de las presas y sus embalses.

El el orden del Día está previsto además que se informe a los asistentes del contenido del PERTE para la digitalización del Ciclo del Agua y sobre las Orientaciones Estratégicas sobre Agua y Cambio Climático, aprobadas por el Consejo de Ministros del pasado 19 de julio. Un documento clave previsto por la Ley de Cambio Climático para establecer directrices y medidas en planificación y gestión del agua en España que incrementen la resiliencia del país frente al calentamiento global con un horizonte temporal que mira al año 2030.



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