El Tribunal Supremo valida la legalidad de la empresa mixta Aigües de Barcelona - EL ÁGORA DIARIO

El Tribunal Supremo valida la legalidad de la empresa mixta Aigües de Barcelona

Una sentencia del Tribunal Supremo confirma la legalidad de la constitución de la sociedad mixta Aigües de Barcelona y desestima los recursos contra su creación, respaldando que siga prestando el servicio de abastecimiento de agua y saneamiento en la capital y el área metropolitana. La Justicia ratifica también la valoración de los activos aportados por cada parte de esta sociedad mixta, integrada por AGBAR, CriteriaCaixa y Área Metropolitana de Barcelona


El Tribunal Supremo (TS) ha revocado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que anulaba la adjudicación del servicio del agua en el área metropolitana de Barcelona a la empresa mixta (público-privada) Aigües de Barcelona y ha avalado la legalidad de la constitución de esta compañía.

La empresa mixta está formada en un 70% por Sociedad General de Aguas de Barcelona (AGBAR), en un 15% por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y en un 15% por Criteria Caixa, y es la encargada de prestar servicios como el suministro de agua potable y la depuración de aguas residuales en la región metropolitana, es decir, en Barcelona ciudad y otros 23 municipios con más de tres millones de habitantes.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal ha estimado el recurso de casación presentado por la Sociedad General de Aguas de Barcelona (SGAB) y Aigües de Barcelona y revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que había fallado en contra del proceso de constitución de Aigües de Barcelona porque el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) no convocó un concurso público para la puesta en marcha de la sociedad.

Ahora el Supremo declara que los acuerdos adoptados por el consejo de administración del AMB «son ajustados al ordenamiento jurídico”. El alto tribunal ratifica así la posición de AGBAR y del AMB en la gestión del ciclo integral del agua entendiendo que los acuerdos adoptados en 2012 y 2013 por la entidad metropolitana son legales, eficaces y conformes a derecho.

Refrendada la legalidad del procedimiento

La sentencia del Tribunal Supremo, aprobada por unanimidad de la sala, avala así la legalidad del procedimiento empleado por la administración para adjudicar el servicio. Se utilizó de forma correcta el proceso negociado y no el de concurrencia, señala el Supremo, ya que el mismo se encuentra amparado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La sentencia ratifica que AGBAR es la única empresa capaz de desarrollar este servicio pues ninguna otra compañía dispone de la titularidad de las infraestructuras e instalaciones imprescindibles para desarrollar este servicio, construidas y financiadas por AGBAR. La sentencia del Tribunal Supremo considera también que AGBAR dispone de los títulos jurídicos válidos y plenos para realizar el suministro domiciliario y por ello es correcta la valoración económica de la aportación realizada en la constitución de la empresa mixta. Por tanto, el Supremo ratifica también la valoración de los activos de AGBAR, de 476 millones de euros, realizada durante la constitución de la empresa mixta.

La decisión del tribunal avala que Aigües de Barcelona sea la gestora del ciclo integral del agua hasta el año 2047, que es la fecha límite que se estableció en el contrato de constitución. En ese sentido, la sentencia del Supremo reconoce la validez del título otorgado por el Estado en 1953 a AGBAR para prestar el servicio del agua.

Tras conocerse la sentencia, AGBAR ha emitido un comunicado celebrando que  la sentencia garantice “la estabilidad y unidad, así como las condiciones laborales de los 1.154 empleados con los que cuenta la empresa mixta Aigües de Barcelona».

Además, la compañía considera que la resolución “aportará la estabilidad institucional y la seguridad jurídica necesarias” para hacer frente, junto al regulador público a “la emergencia climática que en estos momentos reclama de todos los esfuerzos necesarios también en lo que se refiere a gestión del agua y recursos hídricos alternativos”.


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