La implementación de la Directiva de Calidad será cara y requerirá fondos europeos - EL ÁGORA DIARIO

La implementación de la Directiva de Calidad será cara y requerirá fondos europeos

La transposición nacional de la nueva Directiva Europea de Calidad de las Aguas para consumo humano será cara de implementar y exigirá fondos europeos previstos en el Comité de las Regiones


La transposición nacional de la nueva Directiva Europea de Calidad de las Aguas para consumo humano, en la que trabaja el Ministerio de Sanidad y que saldrá a consulta pública el próximo mes de junio exigirá la coordinación de todas las administraciones competentes, de todos los sistemas de información hidrológicos y de los operadores para garantizar su correcta aplicación.

Se trata de la transposición de una nueva Directiva muy ambiciosa que pretende garantizar la calidad del agua del grifo para todos los ciudadanos europeos fomentando la transparencia y la información disponible, la disponibilidad y accesibilidad al agua del grifo para todos los ciudadanos, especialmente para los colectivos vulnerables y cambiar el enfoque de la gestión de la calidad del agua hacia una evaluación de los riesgos.

Una transposición que se hará mediante un Real Decreto que previsiblemente se aprobará el cuarto trimestre de 2022 y que afecta a cuatro Ministerios, a todas las Comunidades Autónomas, Confederaciones Hidrográficas, entes locales y operadores del agua urbana.

Y es que la directiva es muy amplia en sus contenidos, desde un índice de fugas de agua y un sistema de información pública con parámetros de calidad, hasta la formación o capacitación acreditada de los fontaneros y operadores, pasando por la gratuidad del agua de grifo en restaurantes y bares como complemento del servicio o los materiales permitidos para estar en contacto con el agua de consumo humano.

Margarita Palau, jefa del Área de Calidad Sanitaria del Agua y Riesgos Ambientales de la Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral (Ministerio de Sanidad), durante su intervención en el “Taller sobre el proyecto del nuevo Real Decreto de Aguas de Consumo (DWD 2020/2184)”, organizado este jueves por la Asociación Española de Abastecimientos de Agua y Saneamiento (AEAS), ha explicado que después de 20 años Bruselas ha optado por revisar y reenfocar la normativa que regula la calidad del agua potable para incorporar un nuevo enfoque basado en la gestión de riesgos potenciales.

El objetivo ha sido introducir el control de nuevos contaminantes emergentes, como los alteradores endocrinos, los microplásticos y sustancias como el plomo, en aras a reforzar las garantías de salubridad del agua a los ciudadanos. Sanidad y AEAS trabajan en la creación de hasta 600 fichas de posibles eventos de riesgo desde la fuente de captación de las redes de distribución hasta las redes de distribución de edificios prioritarios, según a explicado

Además, se trata de una Directiva ambiciosa que incorpora el objetivo de reducir los residuos plásticos fomentando el consumo de agua del grifo en los hogares, y el suministro de agua de grifo en edificios y espacios públicos, bares, catering y restaurantes de forma gratuita como complemento del servicio.

En este sentido Palau ha destacado que la transparencia, las campañas de divulgación y la información acerca de la calidad que reciben los ciudadanos serán una herramienta fundamental.

Otra de las novedades que incorpora la Directiva, cuya transposición está prevista en el cuarto trimestre de 2022, es la que se refiere al acceso al agua potable, en respuesta de la iniciativa Rihgt2water, que exigirá garantizar el derecho humano al agua potable a todos los ciudadanos, especialmente a los más vulnerables, una competencia que seguirá siendo de los municipios, aunque cada seis años España tendrá que elaborar un informe que analice esa protección y garantía de acceso al agua.

La directiva amplía su ámbito de actuación y establece criterios técnicos y sanitarios del agua de consumo en todas las instalaciones implicadas desde la captación hasta el grifo de cada usuario y el control de las mismas, afectando incluso a los materiales de las estructuras de distribución que están en contacto con el agua.

Incluso afecta a la necesaria capacitación y formación acreditativa o certificado de capacitación de los fontaneros y operadores que gestionen en determinadas infraestructuras.

La información pública será esencial en la transposición y hay cierta información acerca de la calidad del agua que los ayuntamientos y operadores tendrán que exhibir de manera pública en su página web, y recoger los datos de la red de distribución de los últimos años recogidos en el Sinac.

En lo que respecta al régimen infractor se está valorando si se incorporará al proyecto de Real Decreto de la transposición o si no es necesario.

Por su parte, Javier Ruza, de la Dirección General de Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha destacado que un aspecto relevante del Real Decreto es la evaluación y gestión del riesgo de las más de 9.632 zonas protegidas por la directiva Marco del Agua (DMA) en las que hay que coordinarse con la autoridad sanitaria, hay que caracterizar las zonas de captación y elaborar una evaluación de riesgos que habrá que completar antes de 2027.

En este sentido se pueden compartir todos los datos que ya se tienen sobre el estado de las masas de agua. «Los operadores serán fundamentales para evaluar a partir de sus controles y establecer los parámetros problemáticos para facilitar esa evaluación del riesgo», señaló Ruza.

Otros aspectos como las cantidades de dotación establecidas en 100 litros por habitante y día para consumo doméstico en la directiva de calidad podrían condicionar los Planes de Cuenca, según Ruza.

Los operadores tendrán que contar con un Plan de Inversión para cumplir con los Índices de Fugas Estructurales (IFE) que fijará el Real Decreto. Hoy contemplan un IFE internacional pero están abiertos a que, para municipios de menos 5.000 habitantes, sean los operadores los que lo propongan, así como el criterio de medición establecido.

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Este aspecto comportará costes importantes para operadores y Administración que tendrán que sufragar vía factura o impuestos, en cumplimiento con el principio de recuperación de costes, un aspecto que ya estaba recogido en la DMA para el control de infraestructuras, control activo de fugas, cuantificación de pérdidas en la red y diferenciación entre agua registrada y no registrada, ha explicado.

El elevado coste de implementación de la directiva de calidad requerirá de fondos europeos, en principio previstos por el Comité de las Regiones, que España pedirá a Bruselas en función de la cuantificación que el Ministerio de Sanidad establezca.

Esperanza Guevara, del Área de Calidad Sanitaria del Agua y Riesgos Ambientales del Ministerio de Sanidad, ha explicado los nuevos requisitos que la Directiva de calidad establece para los materiales en contacto con el agua de consumo un nivel uniforme de protección y un mejor funcionamiento de estos productos.

Se establece que los Estados miembros garantizarán que los materiales en contacto con el agua destinados a instalaciones nuevas, o en caso de obras de reparación o reconstrucción de instalaciones existentes, no pongan en peligro, directa ni indirectamente, la protección de la salud, no afecten negativamente al color, el olor o el sabor del agua; no favorezcan la proliferación microbiana, y no filtren contaminantes en niveles superiores a lo necesario para el fin previsto de dicho material.

Para establecer de forma uniforme unos requisitos higiénicos mínimos para los materiales que entren en contacto con aguas destinadas al consumo humano, la Comisión Europea se ha comprometido a establecer, a más tardar el 12 de enero de 2024, un desarrollo legislativo posterior con metodologías para ensayar y aceptar sustancias de partida, composiciones y componentes que vayan a incluirse en listas positivas europeas de sustancias de partida, composiciones y componentes, incluidos los límites de migración específica y las condiciones previas científicas relacionados con sustancias o materiales y  listas positivas europeas de sustancias de partida, composiciones o componentes para cada grupo de materiales, a saber, orgánicos, cementosos, metálicos, esmaltes y cerámicos u otros materiales inorgánicos.

Esto podría implicar la sustitución de una parte importante de las redes de captación y distribución de agua potable con la correspondiente partida económica necesaria para acometerlas.



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