La jueza entiende que el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) incumplió su aportación a la sociedad mixta para el saneamiento de aguas y la condena a pagar la cantidad reclamada por Aigües de Barcelona más los correspondientes intereses legales



Nuevo varapalo judicial para el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y sus máximos responsables, Ada Colau y Eloi Badia. La sentencia 305/2021 de fecha 8 de octubre del Juzgado Contencioso-Administrativo número 8 de Barcelona da la razón a Aigües de Barcelona y a Sociedad General de Aguas de Barcelona, S.A. obligando al AMB a cumplir el contrato concesional y, en consecuencia, a pagar aproximadamente 15 millones de euros por la actividad de saneamiento en alta prestado por la compañía.
La resolución concluye que el organismo público, presidido por la alcaldesa de Barcelona, ha incumplido sus obligaciones en la financiación del servicio de saneamiento, cuya deuda asciende a 14.802.000 euros en el período comprendido entre 2014 y 2017. Al hacerlo, el AMB ha puesto en riesgo la sostenibilidad de un servicio fundamental como es el saneamiento de aguas y su devolución al medio ambiente, gestionado por la operadora Aigües de Barcelona. Este servicio consiste en canalizar y tratar las aguas residuales de los 36 municipios del área metropolitana de Barcelona.
En 2018, después de varios años de incumplimientos flagrantes, desde la compañía se instó a dicho cumplimiento contractual solicitando el importe correspondiente al período comprendido entre 2014 y 2017. A esta primera reclamación le siguieron otras correspondientes a las sucesivas anualidades (2018; 2019; y 2020), aún pendientes de resolución judicial, situando la deuda total del AMB en cerca de 30 millones de euros.
Estas reclamaciones fueron denegadas por el Consejo metropolitano de 26 de junio de 2018 y ahora el Juzgado Contencioso-Administrativo número 8 de Barcelona ha revocado aquella decisión, reconociendo el exigible cumplimiento contractual por parte del AMB de sus obligaciones económicas respecto al servicio de saneamiento que presta Aigües de Barcelona, incluyendo la exigencia de abono y derecho al cobro de la cantidad reclamada más los correspondientes intereses legales.
“Reconozco el derecho del actor que se le abone la cantidad reclamada más los intereses legales”, resuelve la magistrada. Esta sentencia es recurrible en apelación en el plazo de 15 días ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
