Sale a consulta pública la modificación de la Ley de Aguas

Sale a consulta pública la modificación de la Ley de Aguas

La necesidad de adaptar la gestión del agua al nuevo escenario climático y necesidades sociales cambiantes lleva al Gobierno a abrir la consulta pública de la modificación de la Ley de Aguas que deberá aprobarse antes de mediados de 2023


En los últimos 20 años la realidad social y climática de España ha cambiado y con ellas urge una adaptación de la Ley de Aguas para garantizar la seguridad hídrica en cantidad y calidad cambiando la Ley de Aguas de 2001 que rige la normativa marco de uno de los recursos más castigados por el cambio climático y el desarrollo socioeconómico nacional.

De ahí que hasta el próximo 22 de agosto el Ministerio de Transición Ecológica mantenga abierto el plazo de consulta pública con carácter previo a la realización del nuevo texto normativo para recabar la opinión de los potencialmente afectados a partir de las cuales se publicará un primer borrador de la propuesta del anteproyecto de ley, que se someterá formalmente a un trámite de audiencia e información pública en el que cualquier ciudadano podrá participar.

El proyecto de modificación del texto refundido de la Ley de Aguas deberá completarse a mediados de 2023 y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia PRTR, se centrará en la recuperación del coste de las inversiones relacionadas con los vertidos urbanos, su recogida y tratamiento, además de la integración de la reglamentación europea sobre reutilización de aguas residuales regeneradas.

Al mismo tiempo, en el cambio legislativo, el MITECO señala que también podrán afrontar otros temas sobre los que exista el suficiente nivel de acuerdo y maduración y de los que se dará cuenta en la próxima sesión del Consejo Nacional del Agua que tendrá lugar una vez pasado el verano.

Plena incorporación de la reutilización y la desalación en la Ley de Aguas

Desde el año 2001 en que se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Aguas, mediante Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, la sociedad y el contexto en el que ésta se desenvuelve han sufrido numerosas transformaciones de diferente consideración que hacen necesaria la adaptación de la citada norma en determinados aspectos concretos para su acomodación a las nuevas exigencias sociales y medioambientales.

El Texto Refundido de 2001, en su redacción inicial incorpora, en un único texto sistematizado, la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas y otras leyes posteriores que han modificado la citada Ley de 1985 y fueron introduciendo a lo largo de los años aspectos nuevos en la legislación de aguas. Entre esas leyes destacan por su importancia, la Ley 46/1999, de 13 de diciembre y por supuesto la Ley 62/2003, de 30 de diciembre a través de la cual se transponen al ordenamiento jurídico español, los aspectos que exigen rango de Ley relativos a la Directiva Marco del Agua.

Por otra parte, tras la pandemia sufrida por el COVID-19, para recibir apoyo financiero en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los Estados miembros de la Unión Europea han elaborado planes nacionales de recuperación y resiliencia.

En este sentido, España se comprometió con la Unión Europea a llevar a cabo una reforma del Texto Refundido de la Ley de Aguas para incluir una modificación del canon de control de vertidos de aguas residuales y del sistema de recuperación de los costes de las infraestructuras hídricas en consonancia con los principios de «quien contamina paga» y de «recuperación de costes», mejorando el control y la protección de las masas de agua, incluidas las aguas subterráneas, y dará respuesta a los aspectos relacionados con la sequía y la escasez, la plena incorporación de los recursos no convencionales de tanta importancia y necesidad en un contexto de cambio climático.

Junto a ellos se encuentran en estudio varios aspectos tales como precisar el funcionamiento y atribuciones de diferentes órganos de gestión y cooperación relacionados con las aguas, particularmente el Comité de Autoridades Competentes o las Juntas de Gobierno de los organismos de cuenca; la conveniencia de dotar de rango legal la figura de las entidades colaboradoras de la Administración del Agua, en el mismo sentido recoger en la ley la gestión del riesgo de inundaciones.

En el nuevo texto legislativo se deberá precisar el régimen jurídico de los caudales ecológicos, el de la utilización de los bienes de dominio público hidráulico, el control de caudales efectivamente utilizados o retornados, el régimen jurídico de las comunidades de usuarios, el régimen jurídico de las aguas regeneradas, determinados aspectos del régimen económico financiero y la modificación del régimen sancionador, entre otros.

Una nueva gobernanza para el agua

Por otra parte el tiempo transcurrido desde su aprobación hace ya más de dos décadas han puesto de manifiesto algunas carencias de la regulación legal que es preciso solventar. Entre otras pueden citarse, las relativas a la necesaria modernización de la Administración del Agua, la adecuada agilidad en la resolución de los expedientes para otorgar derechos o autorizar actividades. El refuerzo de las potestades administrativas para que pueda llevar a cabo la adecuada protección de las masas de agua y el logro de los objetivos ambientales.

En definitiva, se trabaja en un conjunto de aspectos y materias con la finalidad de dotar a las aguas continentales y a las Administraciones responsables de su gestión de los mecanismos y herramientas más adecuadas para su protección haciendo ésta compatible con la satisfacción de las necesidades de la sociedad que ha de adaptarse a un contexto de cambio climático de manera responsable a través del uso racional de un recurso valioso y al tiempo escaso.

En definitiva, se trata de cumplir con los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de reformar el Texto Refundido de la Ley de Aguas para modificar el canon de control de vertidos de las aguas residuales y del sistema de recuperación de los costes de las infraestructuras hídricas, a la vez que se aprovecha la oportunidad de abordar otros problemas que afectan a los recursos hídricos, a su gestión y aprovechamiento.

En este momento el Gobierno está actualizando el marco normativo de aguas, reformando el Reglamento de la Planificación Hidrológica, las nuevas normas técnicas de seguridad de presas y embalses o el nuevo real decreto por el que se actualiza la transposición de la Directiva sobre la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias. Asimismo, está en curso también la reforma del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

La nueva Ley de Aguas se enmarca en la recientemente aprobada Estrategia de transición hídrica plasmada en las Orientaciones Estratégicas sobre Agua y Cambio Climático, un documento clave previsto por la Ley de Cambio Climático para establecer directrices y medidas en planificación y gestión del agua en España que incrementen la resiliencia del país frente al calentamiento global con un horizonte temporal que mira al año 2030.

Algunos de los principales retos en la gestión del agua que se identifican en estas orientaciones estratégicas son la situación de frágil equilibrio entre los recursos disponibles y las demandas de agua, el saneamiento y depuración, el estado de las aguas subterráneas y las alteraciones de los ríos.

Además, la revisión de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, junto la contaminación difusa por nitratos, son otros de los desafíos que habrá que superar.

Entre las medidas planteadas destacan la recuperación, restauración y protección de los ríos, lagos, acuíferos, y zonas húmedas, el incremento de la seguridad hídrica, la mejora del saneamiento y depuración en las aglomeraciones urbanas; la lucha frente a la contaminación difusa o el avance en la gestión del riesgo de inundaciones o sequías. Asimismo, el documento apuesta por reforzar la financiación de las administraciones hidráulicas o por impulsar la agenda internacional del agua.

Estas líneas de acción se completarán con el impulso de las nuevas tecnologías, las actividades económicas sostenibles y la construcción de un modelo de gobernanza del agua transparente, equitativo y participativo.



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