A propósito del agua - EL ÁGORA DIARIO

A propósito del agua


Sr. Director:

El digital El Ágora viene haciendo una apuesta decidida en favor del programa o proyecto de la ministra y vicepresidenta cuarta Teresa Ribera.

Si repasamos los días que El Ágora se ha referido a la actividad de la señora Ribera en sentido positivo, nos da el siguiente calendario.

I. ‘EL ÁGORA’ Y EL AGUA

Me incorporé, vía Ramón Tamames, al diario El Ágora, creo recordar a mediados del mes de marzo de 2020. Recibo el 21 de ese mes un newsletter titulado Día Mundial del Agua, arrancando de una base de partida atractiva y que no pude más que aplaudir: “El cambio climático y su relación con el agua es el tema que vertebra este año el Día Mundial del Agua”.

El día 22 –Día Mundial del Agua– se insiste con este planteamiento: “Si hay algo sensible al cambio climático, eso es el agua. El futuro no va a ser fácil, pero nunca lo fue”. De acuerdo, pero yo al menos me pregunto ¿no sería conveniente para proyectar el futuro, partir del presente? ¿Cuál es nuestra situación? ¿Hacia dónde vamos? Claro está, so pena de caer en un adanismo tan caro a nuestra época.

Ya el envío del 2 de abril se decanta por mirar al futuro y en el apartado correspondiente “¿Miramos al futuro?” se puede leer: “Hay que mirar al futuro y en ese sentido el MITECO de Teresa Ribera -una de las ministras que mejor ha gestionado sus responsabilidades en esta crisis- ha remitido a la Comisión Europea el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC) que pretende reducir un 23% las emisiones de gases efecto invernadero (GEI) respecto a 1990 y generar entre 250.000 y 350.000 empleos netos anuales hasta 2030”.

El boletín del 3 de abril, de nuevo cita a Teresa Ribera así: “Y como daño colateral queda el desgaste de la vicepresidenta Teresa Ribera, que hasta el Decreto había llevado exquisitamente su negociado, resistiéndose al efecto Iglesias, en medio de la escalofriante crisis que estamos viviendo. De hecho, el MITECO es el único Ministerio en el que de puertas afuera parece haber vida más allá del coronavirus”.

En El Ágora se recoge lo que califica de lamentable error que supone el art. 29 del Real-Decreto Ley 11/2030, de 31 de marzo, aprobado bajo la cobertura de la declaración del Estado de Alarma, que para quien esto escribe, dicho sea de paso, nada tiene que ver con la crisis del COVID-19.

El Ágora aboga “por la anulación de ese artículo 29” y “la vuelta al día 17”, en el que la protección es para el que la necesita. Lo contrario es una bomba de relojería. Es urgente”.

Puede que Teresa Ribera no pudiera evitarlo, pero sí son de su exclusiva responsabilidad las declaraciones que hizo nada más tomar posesión de su Ministerio acerca de que los motores de gasoil tenían los días contados, sin más matizaciones, lo que fue una ducha fría para un sector clave del PIB español.

El diario El Ágora del 14 de abril anuncia de forma destacada que Teresa Ribera coordinará la difícil vuelta a la normalidad, presentando a la señora Ribera en términos laudatorios que no resisto la tentación de reproducir:

“Parece que la ministra encargada de la operación tan delicada será Teresa Ribera. Si es así será una buena elección. Es una profesional con experiencia más allá de la política. Ha demostrado en esta crisis su capacidad para relacionarse con las empresas y sacar lo mejor de ellas, que a su vez agradecen el respeto a su papel y conocimientos en un contexto en que otras ministras las insultan. No olvidemos que de su Ministerio, Transición Ecológica, dependen los suministros básicos de los hogares, y que desde el primer momento ha establecido con las empresas una comunicación fluida y constante para consensuar las necesidades y las respuestas de los distintos servicios.

Esa capacidad de interlocución y respeto mutuo con las empresas es fundamental para organizar la vuelta segura a la actividad. Es además una ejecutiva competente para comprender y gestionar las necesidades logísticas y de planificación que la tarea conlleva. Y por perfil político no parece proclive a las tentaciones autoritarias o unilaterales en relación al proceso”.

A esta, al parecer, excelente ministra me atrevería a pedirle como más tarde expondré, que eche un vistazo sobre el tema hídrico, sin el que no se puede entender el cambio climático.

El Ágora del 15 de abril nos informa de que la Ministra Teresa Ribera es una de las firmantes de un manifiesto firmado “hasta el momento por más de 18 líderes empresariales, sindicales, políticos, ONGS, y Académicos, titulado “Alianza Europea para una recuperación verde”.

El 16 de abril el diario responde a la pregunta ¿Y de los ERTES y los créditos?, afirmando: “Eso no dependerá de Teresa Ribera… y mucho menos nos tememos que la maquinaria administrativa no llegue a tiempo de evitar muchos desastres económicos en familias, autónomas y pequeñas empresas”.

¡Por fin! El Ágora del 5 de Mayo se ocupa en concreto del agua al preguntarse Qué hay del Agua? Pero antes resalta que “El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático” (PNACC) es una necesidad para enfocar el futuro con seguridad pero, además es una gran oportunidad para recuperar el ritmo económico de una manera útil, necesaria y productiva”.

En relación al agua, como anticipaba, declara lo siguiente:

“El agua y el conjunto de los recursos hídricos son un tema fundamental para una adaptación al cambio climático. Los recursos menguantes obligan a aumentar la eficiencia de todos los usos, a regenerar y reutilizar exhaustivamente para hacer sostenible y circular la economía”.

Una precisión: que yo sepa, en relación a las aguas regeneradas, los Planes Hidrológicos de las Demarcaciones Hidrográficas no contemplan entre sus determinaciones, salvo la del Guadalquivir, una reserva expresa de hasta 20 Hm3 al año, para reutilizar estas aguas una vez regeneradas, para los usos que en sus previsiones se determinen, quizás porque sus caudales ya han sido computados en sus respectivos balances hídricos, olvidando la gestión hoy conocida como “circular la economía del agua”.

El día 16 de mayo, el diario publica artículos con motivo del Día Mundial del Reciclaje, que es de las cosas que hemos ampliado y mejorado durante el confinamiento, porque en efecto la racionalidad nos lleva a una economía circular. En el reciclaje de aguas y sus residuos (los logros) somos líderes europeos por tecnología y gestión, y en breve podemos reciclar así la totalidad del agua residual de nuestras ciudades. Sobre este particular, en la Revista Fenacore, Juan Luis Pérez-Marín Benítez se ha ocupado de este tema, cuyas tesis suscribo al cien por cien.

El diario del 19 de mayo vuelve a destacar a la ministra Ribera en los siguientes términos: “Hoy el Consejo de Ministros aprueba la Ley de Cambio Climático. A partir de aquí se inicia su tramitación parlamentaria. Desde “El Agora” hemos alabado la voluntad de la Ministra Ribera, no solo debe mantener su importante calendario legislativo, sino reconvertir las leyes vinculadas al cambio climático y sus planes operativos anexos en uno de los motores de la reconstrucción de la economía, no volviendo a la casilla cero, sino dando un salto hacia adelante, revirtiendo así la crisis en oportunidad. Estamos por lo tanto expectantes”.

En definitiva, razones que desconozco tendrá El Ágora para su apuesta cuasi personal a favor de la Ministra Ribera, para sacar adelante ni más ni menos que la reconstrucción económica post COVID-19, siendo como es una sola miembro de un gobierno que a juzgar por su actividad de gestión hasta la fecha no parece cohesionado y sólido como para protagonizar un gran proyecto nacional como demandan actores significativos de la sociedad civil -Ramón Tamames, por ejemplo-.

Si como El Ágora mantiene desde el mes de marzo de este año, como hemos visto en los ejemplos mostrados anteriores, no es posible conseguir torcer las agresiones de todo tipo que están poniendo en peligro el planeta tierra; o lo que es lo mismo, combatir el cambio climático para después no dedicarle la atención que merece a la construcción de un verdadero sistema jurídico hidráulico, no un parche más, como trataré de desarrollar al comentar el Proyecto de Ley del Cambio Climático y transición energética (121/00019), presentado el 20 de Mayo y calificado el 26 del mismo mes y año, creo que nos equivocaríamos gravemente.

II- MI EXPERIENCIA PROFESIONAL EN EL SECTOR HÍDRICO

Soy muy consciente de estar necesitado de presentación ante los lectores y usuarios de El Ágora Por esa razón me voy a permitir justificar mi atrevimiento a no comparecer “desnudo”, intentando al menos exponer sumariamente mis experiencias profesionales docentes, académicas y de investigación, que cubran con un traje adecuado mis reflexiones presentes.

Mi vida profesional, ya larga -más de 50 años en activo- no se entiende sin mi dedicación desde la triple perspectiva de funcionario en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, pasando largas temporadas en las casas de administración de los embalses que se construyeron en la década de los sesenta del siglo pasado.

El contacto permanente con otros compañeros de formación técnica me enriqueció enormemente, para entender de verdad la incidencia de las grandes obras hidráulicas en la economía del país. Más tarde, cuando la preocupación ambiental creció e hizo cuasi imposible la construcción de los embalses, el ingeniero José Luis Manzanares Japón pudo experimentar, si mi memoria no me falla, en el embalse Breña II el embalse ambiental, y valga la redundancia.

Desde aquella lejana época, vengo predicando en el desierto la necesidad de abordar con carácter preferente un gran Pacto del Agua que conduzca a un Plan Hidrológico Nacional, que lamentablemente fue abortado por el primer gobierno de José Luis Rodriguez-Zapatero.

Sobre este particular hace años, el que esto escribe, dedicó una monografía titulada El Dominio Público Hídrico Continental. Claves Histórico-Jurídicas: Trasvases versus desaladoras (Editorial Comares, Granada 2006), a la que me remito.

Hace pocos años -2011- dirigí y participé en la redacción del libro Derecho de las Aguas Continentales (A propósito de la Ley de Aguas para Andalucía con comentarios a su articulado) editado por Iustel y prologado por el magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo don Rafael Fernández-Valverde.

Más recientemente -año 2019- mi libro Fiscalidad de las Aguas Continentales, editado por Thomson Reuters Aranzadi y prologado por el catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Zaragoza don José Luis Moreu Ballonga, particularmente el capítulo sexto sobre Los Planes Hidrológicos de Demarcaciones Hidrográficas: Análisis desde la perspectiva de recuperación de costes -págs. 295-323- y el epígrafe X del Capítulo quinto en los que estudié la fiscalidad de las aguas regeneradas -págs. 285-291-.

Pienso, así lo he defendido ya en mi etapa profesional universitaria, y en los foros a los que por mi condición de abogado he tenido acceso, que sin un Plan Hidrológico Nacional y sin un sistema fiscal del agua como objeto tributario, y no un número de distintas figuras tributarias, no será posible una eficaz gestión del recurso natural hídrico tan escaso como necesario, para cualquier actividad productiva.

El intento más serio que conozco de abordar con una visión global la gestión del agua en España fue el ya lejano Libro Blanco del Agua en España. Pero también pecó este documento de optimismo, pensando que nuestro ordenamiento jurídico interno -básicamente el Real Decreto-Ley 1/2001 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, con ligeros retoques- podría cumplir las determinaciones de la Directiva Marco del Agua 60/2000.

III- EL PROYECTO DE LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA: BREVE ANÁLISIS CRÍTICO DESDE LA PERSPECTIVA HÍDRICA

El Ágora ha recibido con alborozo, me atrevo a decir, este Proyecto de Ley, a juzgar por las siguientes declaraciones de ese digital. Efectivamente el día 20 de mayo, coincidiendo con la fecha de su presentación en el Congreso estima que el agua -este recurso mejor dicho- aún el sector hídrico -ya está preparado para la Ley del cambio climático y transición energética- porque en “los elementos claves según el proyecto de Ley ya está remando en dirección correcta, al detectar avances en el control de riesgos, controles ecológicos, gestión de demanda, ahorro energético y avances en circularidad”.

Es cierto en mi opinión, coincidiendo con El Ágora que en la gestión del ciclo urbano del agua los logros ya conseguidos son incuestionables, como con la regeneración de aguas residuales y conversión de las depuradoras en biofactorías al transformar los lodos en fuente de riqueza. Pero eso no significa estar preparados.

Todo eso está bien e insisto en compartirlo, pero sigo preguntándome ¿cómo se financia la Ley en lo que al sector hídrico se refiere? Porque el texto del proyecto no toca el régimen económico-financiero del dominio público hidráulico, ni tampoco del marítimo terrestre. Solamente se ocupa tangencialmente de y desde una perspectiva energética. El artículo 6 que regula “la generación eléctrica del dominio público hidráulico”; el 8, sobre explotación, investigación y explotación de hidrocarburos; el 14, que trata del transporte marítimo y puertos; y el 17, cuyos ambiciosos mandatos desarrollados en cuatro apartados prevé solamente en la letra g) del nº 3 lo siguiente: “Elaborar el plan de financiación de las actuaciones asegurando la financiación para abordar los riesgos del apartado primero”. O lo que es lo mismo, hasta que no se elabore ese plan no se sabrá su coste y quién o quiénes lo pagan. Y el artículo 18 que regula la consideración del cambio climático en la planificación y gestión del dominio público marítimo terrestre. Además, ya anticipo que las disposiciones finales pasan de largo en relación al Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, la Ley de costas y la Ley de Puertos que son, a mi juicio, los textos que deben recoger las previsiones de los arts. 6, 8, 17 y 18 del proyecto.

De la amplia Exposición de Motivos cabe deducir las claves de este importante proyecto de Ley y en síntesis pueden ser:

  • a) El marco internacional está definido por el Acuerdo de París 2015 y su desarrollo en Katowice (Polonia) que marcan la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
  • b) Madrid diciembre 2019, acogió la 25ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático.
  • c) Los Planes Nacionales integrados de Energía y Clima.
  • d) Estrategia y descarbonización.
  • e) Los sistemas de almacenamiento en general, no necesariamente hidráulicos.
  • f) En la Ley, según declara su Exposición de Motivos, se añade un nuevo sujeto del sector eléctrico, necesario para impulsar el desarrollo de estas actividades por parte de la demanda, el agregador independiente.

El legislador prevé que “la transición energética promovida por esta Ley permite movilizar más de 200.000 millones de euros de inversión a lo largo de la década 2021-2030. Como consecuencia de esa importante movilización inversora y como resultado de las mejoras de eficiencia energética del conjunto de la economía, el Producto Interior Bruto de España se incrementará anualmente (respecto a un escenario tendencial sin las medidas promovidas por esta Ley y por el Plan Nacional integrado de Energía y Clima) entre 16.500 y 25.700 millones de euros al año. Asimismo, el empleo neto aumentará entre 250.000 y 350.000 personas al final del período”.

Me gustaría saber el trasfondo de estos cálculos tan optimistas, porque yo no soy experto en economía, pero alguna experiencia tengo en el sector hidráulico, para desear que el legislador acierte en sus profecías, si bien sigo siendo pesimista, porque el problema de la financiación de las grandes inversiones apuntadas no se recoge en el proyecto, se remite, como he apuntado anteriormente, a un plan.

Por otra parte, un Estado de Derecho como el español exige una seguridad jurídica que el proyecto de Ley no cuida.

A título de ejemplo -ya lo he anticipado- el art. 6 del proyecto incide en la Planificación Hidrológica y ésta está ya regulada por el TRLA 1/2001 que ni se menciona. ¿Cómo armonizar ambos textos? ¿Son o no compatibles? Yo creo que son compatibles pero también complementarios. Bastaría a mi juicio con incorporar al proyecto una Disposición Final más que dijera: “Se modifica el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, incorporando a su texto el art. 42 bis con la siguiente redacción (la prevista en el art. 6 del Proyecto)”.

Por lo demás el proyecto peca de una verborrea tecnócrata, que hace descender al legislador a niveles de circulares ministeriales.

Pero mejor volvamos al problema financiero y a las previsiones de El Ágora.

Este digital, el 30 de mayo, recoge la opinión de Eric Maskin, premio Nobel de Economía y Catedrático de Harward que afirma en La Vanguardia: “De esta solo saldremos con una gran inversión en infraestructuras, para adaptarnos al futuro verde, en las ciudades, la energía, la movilidad. Necesitamos recuperar empleo rápida y sostenidamente, hay dinero y conocimiento para una gran intervención público-privada, solo falta, dice Maskin, políticos con talento y capacidad de trabajo para elegir los objetivos y supervisar esos grandes proyectos”.

En El Ágora del 4 de mayo, parece que el ministro Ábalos cogió el guante del señor Maskin, puesto que según el periódico se manifestó así:

“José Luis Abalos, el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ha anunciado la próxima recuperación de los contratos de concesión para la construcción y mantenimiento de infraestructuras. Este modelo de colaboración entre Administración y empresas permite la construcción y gestión de infraestructuras públicas con capital privado.

¿Serían las infraestructuras privadas?

No. las infraestructuras seguirían siendo públicas, pero se podrían construir muchos años antes porque las empresas aportarían la inversión, construirían y mantendrían las obras.

Así, los ciudadanos, las familias, disfrutarían años antes de prestaciones necesarias. Se crearían millones de puestos de trabajo y se introduciría un enorme dinamismo económico. Evidentemente recuperarían su inversión a largo plazo con un margen de beneficio (…) Lástima que todas esas depuradoras que por prejuicio y miopía política, faltan en municipios de más de 10.000 habitantes, no dependan de él -el Ministro Abalos- porque se podrían construir inmediatamente y dejar de costar sanciones de la UE y contaminación de nuestras aguas.

Esperemos que el Miteco, las autonomías y los ayuntamientos tomen nota y resuelvan con concesiones tanto déficit que arrastramos.

Las empresas y los trabajadores están esperando”.

Por mi parte mi adhesión por un lado a estos proyectos del ministro Ábalos, y también recordar, por qué participé en el proyecto de la autopista de peaje Sevilla-Cádiz del ministro Silva Muñoz allá por el año 1969, que resultó un éxito, sin que se pueda decir lo mismo de las radiales de peaje de Madrid, que han tenido que ser rescatadas. En ese fracaso a mi entender, tuvieron mucho que ver los precios cuasi confiscatorios de los justiprecios de los bienes y derechos afectados, reflejados en los proyectos que resultaron adjudicatarios y que fueron corregidos al alza por los jueces competentes; siendo las constructoras beneficiarias de las expropiaciones, se les descuadraron sus cuentas teniendo que acordar el rescate la Administración adjudicataria de la concesión. También de este fracaso, puedo hablar por experiencias profesionales en defensa de ciudadanos expropiados; lo destaco por si sirve para futuros proyectos.

Una vez más debo recordar el adanismo que suele impregnar la acción pública de las últimas administraciones, al querer partir de cero y no aprovechar experiencias exitosas del pasado, actualizándolas y corrigiendo los errores que se hubieran padecido.

Es más, las líneas maestras del proyecto en su perspectiva hídrica ya están previstas con ligeros retoques en el RDL 1/2001 de 20 de julio y en el Reglamento de Dominio Público Hidráulico.

A título de ejemplo, la economía circular que es uno de sus ejes en cuanto a su aplicación al sector hídrico, ya lo apuntó con otra terminología evidentemente, el maestro Sebastián Martín-Retortillo en su libro Aguas Públicas y obras Hidráulicas: Estudios jurídico-administrativos, (Biblioteca Tecnos, de estudios jurídicos, Editorial Tecnos SA 1996.

Hasta aquí en cuanto se refiere a la planificación hidrológica y a la reutilización de las aguas regeneradas. Por lo que se refiere a los riesgos por avenidas producidos por lluvias torrenciales u otras denominadas naturales, o por sequías, también se ocupa, aunque cierto es que no con la precisión y perspectiva de lucha contra el cambio climático, como lo hace el proyecto que se comenta, tanto el RDL 1/2001 de 21 de Julio, como sobre todo el Reglamento de Dominio Público Hidráulico.

En definitiva, el Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética es oportuno, pero mejorable, tanto en cuanto a las cuestiones formales, como sustantivas.

En relación a las primeras, echamos de menos con nostalgia los hábitos de los sabios padres codificadores decimonónicos de “preceptos breves redactados con claridad”.

Por lo que se refiere a aspectos materiales juzgo indispensable colmar la laguna de regular un sistema auténtico y riguroso de régimen económico financiero respetuoso, como no puede ser de otra manera, con los principios de legalidad, igualdad ante las cargas públicas y seguridad jurídica.

Coincido con El Ágora cuando se lamenta con razón de que “falta una regulación nacional que normalice tanto la calidad de los servicios como el cumplimiento de las obligaciones”.

Por último, quedan en pie al menos las siguientes preguntas: ¿Se ha modificado el régimen fiscal de cánones, tasas, tarifas y precios públicos del sector hídrico, tanto continental, como marítimo terrestre? ¿Siguen exentos de esos tributos las aguas privadas, que, al contrario de lo que se piensa, constituyen unas bolsas importantísimas para sus aprovechamientos desde la perspectiva que preside el Proyecto de Economía circular?

No sabría resaltar que para llevar a cabo la política plausible de “circular el agua”, antes creo yo y así lo he manifestado en cuantos foros he tenido acceso, cuentan con agua suficiente en cantidad y calidad. Por ello entiendo que recuperar la construcción de embalses y no demonizar los trasvases intercuencas es una necesidad nacional. Así lo entiende también Ramón Tamames.

Ramón Tamames, en La Razón del 15 de noviembre de 2019, en su semanal colaboración Planeta Tierra dijo: “…está lloviendo sobre la reseca España. Pero eso no es óbice para que olvidemos las largas sequías de los últimos meses, sobre todo en determinadas regiones mediterráneas. Por ello no será perder el tiempo volver al trasvase del Ebro, la vasta operación hidrológica planteada en el último gobierno del PP antes de llegar Rodríguez-Zapatero. Siendo este último -verdadero azote de las Españas por sus diversas políticas de pseudo memoria histórica, revisión de Estatutos regionales, etc, quien decidió, sin consultar ni a Dios ni al diablo, y menos aún al pueblo, que el trasvase tenía que ser archivado. A pesar de que el ministro Borrell, en un previo gobierno del PSOE, ya había preconizado esa gran obra, con 1.600 Hm3 de tres partes de agua de Barcelona a Almería; 550 Hm3 más que lo previsto en el proyecto PP (1.050), que ya estaba financiado en gran parte por la UE, y que quedó archivado por la inepcia y la perversa política de quien ya hemos citado antes”.

No sobra recordar la referencia a mis libros citados en páginas anteriores   -años 2006 y 2011- en los que ya manifesté mi tesis protrasvases intercuencas, hoy defendida como hemos visto por el profesor Ramón Tamames.

La trasposición de la Directiva al Derecho interno no ha sido afortunada a juicio de la doctrina más solvente. A título de ejemplo, los dos principios básicos de esta Directiva El que contamina paga y el principio de recuperación de costes, incluyendo como costes los ambientales y los del propio recurso, están aún lejos de cumplirse en España. La Directiva Marco ponía el año 2010 como límite para que los Estados miembros adoptaran las medidas oportunas para garantizar agua en cantidad y calidad que satisficiera las demandas existentes y previsibles. Este plazo se ha ido prorrogando hasta el año 2027. A la vista de los incumplimientos de los Estados miembros -El Reino de España por supuesto- el TJUE ha dictado numerosas sentencias sancionatorias, que constituyen un cuerpo jurisprudencial de obligado conocimiento y cumplimiento.

En el acto de presentación de mi libro Fiscalidad de las aguas continentales, editado por Aranzadi-Thomson año 2019, el Excmo. Sr. D. José Antonio Montero, Magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, mantuvo:

“El gran agujero negro del Derecho Fiscal tiene su nombre, se llama recaudación. Cualquier signo de capacidad económica que se le acerca es engullido para satisfacción de las arcas públicas.

Un entrañable compañero ilustra con gracia a lo que me refiero: dice que antes, cuando se vendía un melón se tributaba por el melón vendido. Ahora no es tan simple; ahora se tributa por el melón, por el color del melón, por la cáscara, por las pepitas, hasta por cosecharlo y hasta por no cosecharlo…. Pues bien, esto es lo que parece que pasa con el agua. La exacción se extiende a su consumo, a la financiación de las obras hidráulicas, a la prestación de los servicios hidráulicos, a su explotación, a su contaminación, a su recuperación medioambiental… y esta realidad conforma un complejísimo universo de problemas jurídicos”.

Entiendo que el Proyecto de Ley de Cambio Climático y sus ambiciosos objetivos a alcanzar antes del 2050 se convertirán en un loable proyecto pero no en una realidad, si antes no se aborda con seriedad y rigor la revisión y actualización del ordenamiento jurídico vigente en materia de aguas, que ya para empezar, amén de la maraña legislativa autonómica, cuenta con tres normas estatales que regulan su gestión:

  • a) Las aguas continentales
  • b) El ciclo integral de agua urbana y las aguas regeneradas
  • c) Las aguas de transición y costeras, con especial atención a las dársenas como la ría de Nervión y la dársena del Guadalquivir en Sevilla.

Amén de las Ordenanzas Municipales.

IV- SUGERENCIAS

 

  1. Como final de esta modesta aportación al diario digital El Ágora y a manera de resumen, puedo afirmar que el paradigma que ha guiado mi pluma ha sido el de constatar críticamente que los instrumentos que el ordenamiento jurídico español dispone para redistribuir entre todos los beneficiarios el coste de los servicios y actividades relacionados con el agua no son los adecuados, ni para satisfacer los objetivos hídricos previstos en los textos que los crearon ni muchísimo menos para hacer frente a las exigencias del Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética.
  2. El tema más polémico y demandado de lege ferenda es determinar la fiscalidad de las aguas privadas, deseable pero de difícil regulación con rango legal, y que el proyecto tampoco
  3. La idea central debería ser cómo cumplir la Directiva Marco del Agua en los plazos prorrogados marcados por dicha directiva, en lo que al principio de recuperación de costes se refiere, y su incidencia en el régimen económico-financiero español, llegando a la conclusión de que, si bien los instrumentos de rango legal puede que sean respetuosos con el principio de legalidad, no así las normas de rango inferior, que son las adecuadas y llamadas a concretar las medidas necesarias para que las masas de agua tengan la cantidad y calidad mínimas que la creciente demanda para los distintos usos exige, sobre todo el abastecimiento humano y el caudal ecológico.

Ni que decir tiene que este anclaje en los principios constitucionales citados, ni siquiera se tienen en cuenta en el proyecto, que hemos estudiado.

  1. Es urgente e indispensable elaborar un censo de beneficiarios por la ocupación, utilización, aprovechamiento y disponibilidad de los recursos hídricos, que permita redistribuir mejor los costes de la actividad y servicios relacionados con el agua.
  2. Las confusiones semánticas e incluso conceptuales al calificar los recursos hídricos, a efectos del régimen económico-financiero, no ayuda a los operadores llamados a aplicar las normas a una interpretación coherente y armónica.

Aclaramos una vez más que entre los objetivos del proyecto no está una revisión en profundidad de la regulación del sector hídrico, ya que su perspectiva es más limitada, pero se pierde una nueva oportunidad para abordar esta materia. Quizá por eso se ha limitado a ligeros retoques en el uso hidroeléctrico, y en potenciar las energías limpias, procediendo a la descarbonización.

Ahora bien, si el cambio climático y su relación con el agua es incuestionable, no entiendo que no aborde la Ley de Costas y la de Puertos, que he citado en páginas anteriores, al igual que sí hace con la Ley 24/2013 de 26 de Diciembre, con las leyes 1/2001.

  1. Sería oportuno crear un impuesto finalista de ámbito estatal para cubrir los costes medioambientales.
  2. La Directiva Marco del Agua declara que las aguas de transición y las costeras son aguas continentales. Sin embargo, en nuestro ordenamiento jurídico interno estas aguas de transición y costeras están reguladas en tres textos legales diferentes, el TRLA 1/2001; la Ley de Costas y la Ley de Puertos, lo que inevitablemente crea disfunciones e inseguridad jurídica.

Urge resolver esta situación.


Antonio Pérez Marín. Sevilla

Martes, 7 de julio de 2020



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