La Secretaría de Estado de Medio Ambiente recomienda la ampliación hasta las 1.500 metros la franja libre de fertilizantes junto al Mar Menor para evitar la contaminación por nutrientes de origen agrario de esta laguna salada



La Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha aprobado una resolución por la que se adoptan una serie de recomendaciones sobre medidas para la protección de las aguas subterráneas y la calidad ecológica del Mar Menor.
Entre otras recomendaciones el Miteco ha indicado en esta resolución que para limitar la fertilización anual, y por tanto la llegada de volúmenes adicionales de nutrientes al Mar Menor, se recomienda analizar la posibilidad de que se establezca la limitación a un cultivo anual en una misma parcela agrícola, a excepción de los cultivos hortícolas.
Esta resolución impulsa un sistema coordinado de seguimiento y control, que integrará la información de las redes de piezometría y control de calidad de nitratos de la Confederación Hidrográfica del Segura, y la información sobre las prácticas agrarias y el grado de cumplimiento de la normativa de aplicación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Las recomendaciones del Miteco abre la puerta a que se establezca la limitación a un cultivo anual en una misma parcela agrícola
Aplicación adecuada de recursos
La resolución subraya que corresponde al Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura, y a la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, en el ejercicio de su competencia y responsabilidades, la adecuada aplicación de los recursos procedentes del Trasvase Tajo-Segura por la situación de crisis ecológica en el Mar Menor.
En este sentido, el Gobierno insiste en su recomendación de que se modifiquen los procedimientos de fertilización en el Campo de Cartagena, de acuerdo con los recientes estudios realizados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para evaluar el aporte de nutrientes al Mar Menor.
En dichos análisis se ha determinado que el valor de la máxima cantidad de aporte de nitrógeno por hectárea y año, con las superficies de riego actuales y compatible con la recuperación de la masa de agua subterránea del Campo de Cartagena, no debe exceder de 170 kg N/ha/año.
Además, se aconseja que en la zona 2 del Mar Menor, según la zonificación establecida en el Decreto-Ley de Plan de Protección Integral del Mar Menor de la Región de Murcia, sean de aplicación también cautelarmente las medidas adicionales definidas para la zona 1.