El lobo ibérico, emblemática especie de nuestro país, deja de ser oficialmente especie cinegética y su caza queda prohibida en todo el territorio nacional. Se permitirán capturas justificadas y con previa autorización en caso de «perjuicios importantes» para el ganado



El lobo ibérico (Canis lupus) ha quedado incluido este martes, 21 de septiembre, en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial, de modo que a partir de mañana su caza quedará prohibida en toda España, según recoge la orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que publica el Boletín Oficial del Estado.
El Gobierno da así respuesta a «diferentes propuestas recibidas» por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico provenientes de particulares, organizaciones científicas y administraciones, incluyendo entre ellas al propio Ministerio que dirige Teresa Ribera.
Según recoge la orden ministerial que modifica el Catálogo de Especies, las solicitudes de iniciaciones del procedimiento recibidas, debidamente acompañadas de una argumentación científica, han sido en todos los casos sometidas al procedimiento especificado en el artículo 6 del citado Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero. En concreto, la decisión se adoptó en la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, en una ajustada votación.
De este modo, se modifica tanto el listado (LESPRE) como el Catálogo Español de Especies Amenazadas, a raíz de la propuesta de la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) para la inclusión de todas las poblaciones del lobo (Canis lupus) presentes en España en el Catálogo en la categoría «Vulnerable».
Capturas
La orden establece dos disposiciones adicionales: una de ellas referida a que la captura de ejemplares, fijada con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden, podrá seguir aplicándose si cuenta con una autorización de las autoridades autonómicas.
Para ello es necesario, entre otras cuestiones, que no haya otra solución satisfactoria tal y como señala el catálogo de medidas de protección del ganado ante eventos de depredación del lobo publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco).


Asimismo, se deberá justificar que la medida de captura de ejemplares no afecte negativamente al estado de conservación favorable de la especie y a la existencia de perjuicios importantes para el ganado en las explotaciones afectadas.
La disposición segunda añade que la estrategia de conservación y gestión del lobo en España será aprobada por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, antes del 31 de diciembre de 2021.
Hasta la fecha, la caza de lobo estaba permitida al norte del Duero, donde se encuentra en situación favorable, mientras que estaba prohibida al sur de este río, donde las poblaciones ya estaban incluidas en el LESPRE.
Las comunidades autónomas de Galicia, Asturias, Cantabria y Castilla y León, donde habita el 95% de los ejemplares de la especie se han mostrado en contra de esta decisión y han anunciado que recurrirán esta decisión por vía judicial.
El sector ganadero también se ha levantado en pie de guerra contra esta decisión que les expone a perder sus reses a manos de las 297 manadas de lobos, cerca de 3.000 ejemplares censados que provocan al año unos 2.000 ataques con el resultado de 4.000 cabezas de ganado muertas y casi 3 millones de euros en pérdidas.
La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos ha calificado de “decisión errónea” ya que no se podrá controlar la especie.
