El Tribunal de Cuentas pide más coordinación ante la crisis climática - EL ÁGORA DIARIO

El Tribunal de Cuentas pide más coordinación ante la crisis climática

En un informe de fiscalización de las actuaciones en la lucha contra el cambio climático, el Tribunal de Cuentas señala la falta de coordinación entre organismos centrales y comunidades autónomas así como de instrumentos de seguimiento y control económico de los proyectos y actuaciones


El Tribunal de Cuentas considera que la estructura descentralizada del sector público, en el que la Administración General del Estado (AGE) ostenta las competencias exclusivas de legislación básica en materia de protección medio ambiental, incluidas las relativas al cambio climático, mientras las comunidades autónomas y entidades locales asumen la gestión de dicha protección, «dificulta la respuesta integral en la lucha contra el cambio climático» ya que este sistema precisa de un alto grado de coordinación, que «no ha podido ser constatado». También apunta a una falta de control presupuestario en materia climática.

Son las conclusiones del informe que ha publicado el organismo fiscalizador sobre las actuaciones desarrolladas por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y por el Ministerio para la Transición Ecológica en relación con el cambio climático, entre 2018 y 2020.

No obstante, el Tribunal de Cuentas considera que la creación del Ministerio para la Transición Ecológica, en 2018, y la integración en el mismo de los ámbitos competenciales de energía, cambio climático y medio ambiente, derivada de las reestructuraciones ministeriales del periodo 2018- 2020, ha favorecido el alineamiento de las políticas de energía y cambio climático y la coordinación entre las unidades administrativas que las implementan.

En la auditoría realizada, señala que la coordinación territorial durante el periodo 2018-2020 ejercida a través de los órganos colegiados de participación y de coordinación de la política de cambio climático ha sido insuficiente, considerándose necesario el refuerzo de la coordinación interadministrativa.

Del mismo modo, apunta que respecto del Segundo Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC-2) la aprobación del primer programa de trabajo de su desarrollo debía efectuarse antes del 31 de diciembre de 2020, sin que a 31 de mayo de 2021 se hubiera producido.

El órgano también advierte de que no se ha evidenciado el seguimiento de los costes de aplicación de los instrumentos utilizados para la implementación de las 43 medidas previstas en la «hoja de ruta de los sectores difusos 2020».

Falta de control

Respecto a la ejecución y seguimiento de la política nacional de cambio climático, señala que el PNACC-1 no ha dispuesto de una memoria económica o plan financiero que refleje la cuantificación y seguimiento del conjunto de medidas adoptadas en todos los ámbitos de las administraciones involucradas en la implementación de las acciones en materia de cambio climático previstas en el plan, ni a nivel global, ni por sectores y departamentos ministeriales o, en su caso, administraciones territoriales que las implementan.

Respecto al Registro de huella de carbono, considera que, aunque la evolución del número de inscripciones refleja una tendencia positiva, tras cinco años de actividad del registro, el número de inscripciones «no es muy representativo», destacando el bajo número de administraciones públicas inscritas (151). En todo caso, espera que con la nueva Ley de Cambio y Climático se incremente la actividad del registro.

En cuanto a los “proyectos clima” gestionados por el Fondo del carbono para una economía sostenible (FES-CO2), se concluye que su eficacia y potencial de mitigación «se han visto reducidos como consecuencia de las múltiples anulaciones y modificaciones de los contratos de adquisiciones de reducciones de emisiones formalizados», reflejándose también una ralentización en el ritmo de reducción de emisiones previsto en dichos proyectos.

inundaciones

Ante esta situación el Tribunal de Cuentas recomienda priorizar la coordinación con las administraciones territoriales (autonomías y ayuntamientos) en el desarrollo del PNACC-2, para conseguir una visión amplia de la integración de la adaptación en la planificación regional y local de dichas administraciones y garantizar su coherencia con la política nacional.

Igualmente, pide promover la definición de un mecanismo de seguimiento y de coordinación que «permita disponer de información homogénea, suficiente y oportuna tanto en términos económicos (presupuestado vs ejecutado), como cualitativos» (priorización de la actuación, calendario de ejecución, unidad responsable de implementación y actores y grupos de interés) respecto de la ejecución de las actuaciones que se realicen en desarrollo del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y del PNACC-2, así como de las acciones que en materia de cambio climático se incluyan en los planes sectoriales correspondientes.


Se adhiere a los criterios de transparencia de

Archivado en:
Otras noticias destacadas