España endurece las condiciones para denominarse ASG

España endurece las condiciones para denominarse ASG

Los bancos y fondos de inversión que quieran incluir en su denominación comercial referencias a elementos ASG (criterios en materia ambiental, social y gobernanza) solo podrán hacerlo si los proyectos sostenibles suponen más del 50% de su cartera


Desde hace algo más de una década, la creciente preocupación de las empresas por su impacto social y ambiental se ha visto acompañado del surgimiento del acrónimo ASG, que responde a criterios ambientales, sociales y de gobernanza. Consistentes básicamente en un conjunto de reglas a seguir a la hora de tomar decisiones empresariales, las estrategias ASG se encargan tanto de  señalar tipo de activos y proyectos válidos para invertir por su carácter positivo más allá de los criterios financieros, así como descartar las inversiones que no son aceptables por sus externalidades negativas. Sin embargo, hay expertos que señalan que es necesaria una mayor regulación sobre esta forma de gestión corporativa para evitar el greenwashing, que es cuando una empresa se presenta como respetuosa con el medio ambiente sin una evidencia que lo respalde.

Esta semana, España ha dado precisamente un paso en esta dirección con la publicación de nuevos criterios de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para la aplicación de la nueva normativa europea en materia de ASG en los servicios financieros. A partir de ahora, las instituciones de inversión colectiva (IIC), como bancos o aseguradoras, que quieran incluir en su denominación comercial referencias a elementos ASG (criterios en materia ambiental, social y gobernanza) sólo podrán hacerlo si el porcentaje de inversiones que promueven características medioambientales o sociales supera el 50% de su cartera.

Asimismo, el documento recoge criterios sobre la información mínima que debe contener el folleto de las IIC que promuevan características medioambientales o sociales o que tengan como objetivo inversiones sostenibles y diversas consideraciones sobre las principales incidencias adversas y su impacto material en las inversiones. La CNMV explica que estos criterios interpretativos guiarán sus actuaciones de autorización y supervisión en la aplicación de la normativa europea en materia ambiental, social y de gobernanza, conocida como ASG, recogida en el Reglamento 2019/ 2088 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en los servicios financieros.

inversiones
La mayoría de los inversores creen que las compañías que integran criterios ASG pueden ser mejores inversiones a largo plazo.

El supervisor señala que el documento se ha elaborado en formato de preguntas y respuestas atendiendo a las dudas sobre los temas citados que han planteado las principales asociaciones sectoriales, y se ha tenido en cuenta el carácter novedoso del Reglamento, así como que gran parte de sus contenidos están pendientes de desarrollo o de aclaración por parte de la Comisión Europea. Por ello, afirma que los criterios recogidos podrán ser objeto de revisión o de ampliación en el futuro a medida de que se disponga de más información o se dicten pautas a nivel europeo.

Y es que el documento, que complementa el comunicado de la CNMV del 18 de febrero sobre la entrada en vigor del reglamento de divulgación de información relativa a la sostenibilidad y estaba previsto en el Plan de Actividades de la CNMV para 2021, es ante todo una respuesta a la nueva normativa europea. En concreto, la Comisión asegura que el correcto desarrollo de las finanzas verdes es una de las prioridades de la UE para los próximos años, ya que sin una financiación sostenible será muy complicado lograr los objetivos del Pacto Verde Europeo, que prevé alcanzar la neutralidad climática de toda la economía comunitaria para 2050.



Se adhiere a los criterios de transparencia de

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