La PAC y las reformas necesarias en el sector agrario español (I) - EL ÁGORA DIARIO

La PAC y las reformas necesarias en el sector agrario español (I)

Por Ramón Tamames

El profesor Ramón Tamames continúa con su serie sobre la política agraria en España. Una vez entrada la democracia, se detiene en el análisis de la incorporación de España a la Política Agrícola Comunitaria, tras su adhesión a la Comunidad Económica Europea en 1986

Después de haber tratado en El Ágora el tema de la Política Hidráulica en España, hemos visto los ajustes del sector agrario, desde la fallida reforma de la Segunda República, a la política de colonización del régimen anterior. Con referencia al campo en la democracia (Programa Agrario de los Pactos de La Moncloa), para entrar hoy en la aplicación a España de la Política Agrícola Común (PAC) de la actual Unión Europea, en sucesivas configuraciones.

Con carácter general, en el Tratado de Roma, los productos agrícolas quedaron sometidos al régimen relativamente simple de los productos industriales, pero con tan extenso número de excepciones que, de hecho, constituyeron la regla[1].

La Política Agrícola Comunitaria (PAC)

El procedimiento para desarrollar la política agrícola común se fijó en la Conferencia de Stressa en 1960, dirigida por el que fue un gran comisario de Agricultura, Sicco Mansholt, que supo prever un profundo cambio del sector agrario, con grandes empresas y cooperativas, que no pudo llevarse a cabo por resistencias políticas muy diversas.

Firma del Tratado de Adhesión de España y Portugal a la CEE, 12 de junio de 1985

El caso es que Mansholt sentó la verdadera base de toda la ulterior PAC, cuyas primeras disposiciones vieron la luz en 1962: reglas de competencia, reglamento financiero, decisión sobre precios mínimos, y primeros reglamentos sobre productos.

Sicco Mansholt (1908-1995). Primer Comisario de Agricultura de la Co-munidad Económica Europea, desde 1958 a 1967. Sentó las bases de la PAC, con gran éxito. Propuso la re-organización agraria con el llamado Plan Mansholt. Desafortunadamen-te, no fue aceptado.

Sin embargo, el peor enemigo de la PAC fue su propio éxito. El proteccionismo establecido por los Estados miembros generó importantes excedentes: las célebres montañas de cereales, productos lácteos y carne, y los lagos de leche y vino. Que sólo encontraban salida hacia los mercados extracomunitarios con fuertes restituciones (subvenciones), generadoras de importantes gastos comunitarios en el sector FEOGA (Fondo Europeo de Ordenación y Garantía Agrícolas) del Presupuesto de las Comunidades, así como crecientes protestas de otros productores mundiales; por la fuerte competencia de los productos subvencionados por la CE.

No es extraño, pues, que desde finales de 1980, la Comisión Europea hiciera público un extenso memorándum con sus reflexiones sobre los resultados de la PAC, incluyendo una valoración de la misma y algunas previsiones de cara al futuro[2] con una serie de nuevos principios, en cuyos detalles no entramos ahora, por su enorme complejidad.

En la Europa de la PAC, la incorporación de España en 1986 no se planteó fácilmente, pues la integración implicaba la aceptación en la normativa nacional del acervo comunitario[3]. Por lo cual, se hizo preciso un período transitorio, durante el cual la aplicación de las reglamentaciones comunitarias se suavizó con las excepciones y derogaciones temporales incorporadas al Acta de Adhesión de 1986. La duración del período transitorio se estableció con carácter general en siete años, con la salvedad de frutas y hortalizas, y materias grasas vegetales, dos casos en que se llegó a todo un decenio.

En términos generales, las sucesivas reformas de la PAC han tenido como denominador común buscar la simplicidad administrativa (muy farragosa y costosa, en sus orígenes), e ir desvinculando las ayudas a las cantidades producidas crecientes, pues todo el entramado protector de la PAC chocaba frontalmente con los postulados de la Organización Mundial del Comercio.

En la actualidad, tras la reforma de 2013, que da cobertura al período 2015-2020, todo agricultor catalogado como activo[4] recibe un “pago básico” (fundamentado en derechos históricos, derivados de retribuciones anteriormente percibidas en función de su especialización –qué produce– y ubicación – en qué territorio – ), con posibilidad de complementar sus percepciones con ciertas primas vinculadas bien a producciones de interés estratégico (ayudas “acopladas”) o bien a ciertas prácticas medioambientales (“greening”).

El cuadro 1 registra la composición de las ayudas PAC para España, en el bienio 2015-2016 (todavía no hay datos completos más recientes). De cuantía importante (suponen más del 25 por 100 de la renta agraria), puede verse muy gráficamente que casi el 90 por 100 de las mismas no está vinculada a ningún tipo de producciones (en el cuadro, “otras subvenciones de explotación”).

Hacia un nuevo sector agrario en España

En órdenes de magnitud, y para un valor indiciarlo de referencia de la producción final agraria (PFA) de Francia de 150, el país agrícolamente más potente de la UE, Alemania, Italia y España, se sitúan en PFAs en torno a una cota de 100 respecto a la de los franceses. Con la particularidad de que España tiene un 41 por 100 más de territorio que Alemania, y un 67 por 100 más que Italia, lo cual ya de por sí define un como un menor potencial por hectárea útil.

Esa situación se debe en parte a factores de escaso nivel de precipitaciones en la agricultura sin riego: unos veinte millones de hectáreas de secanos, frente a casi cuatro millones de riego. Pero con todo, España tendría que estar en un nivel de por lo menos 120, más próxima a Francia, y por encima de los otros dos países citados. Lo cual, lógicamente, se corresponde con el propósito de llegar a una producción final agraria, PFA, bastante mayor de la actual próxima a 50.000 millones de euros; sin olvidar que también hay agricultura sumergida, que no se refleja en la PFA oficial.

Esa idea de recrecer el PFA se relaciona con un mejor aprovechamiento de los sectores, empezando por la base misma de las explotaciones, que es la tierra. En ese sentido, una tarea fundamental es la protección de suelos, en la línea que pronto preconiza la UE: contra la compactación, la salinización, la contaminación, la erosión, etc.

En el caso del agua, los márgenes operacionales son formidables, pues aunque en general los agricultores tratan de conseguir un máximo de aprovechamiento, fuera del sector persiste la idea de que hay un serio derroche de recursos hídricos. Sobre todo, en tiempos de sequía, cuando el abastecimiento a las ciudades peligra más o menos y se hace referencia siempre a que la agricultura absorbe algo más que el 70 por 100 del agua embalsable.

Dejamos aquí el tema para la próxima entrega, y como siempre, para contactar con el autor, pueden hacerlo a través del correo electrónico castecien@bitmailer.net.

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[1] Para mayor detalle, Ramón Tamames y Antonio Rueda, Estructura Económica de España, 25 edición, Alianza Universidad, 2009.

[2] Para un análisis en profundidad puede consultarse la obra de Ramón Tamames (con la colaboración de Mónica López), La Unión Europea, 5ª edición, Alianza Editorial, Madrid, 2003. Un balance muy reflexivo y documentado sobre el mismo tema puede verse en la obra de Jaime Lamo de Espinosa, La década perdida, Mundi Prensa, Madrid, 1997.

[3] Al respecto, véanse «La reforma agrícola en la Agenda 2000», en BICE, nº2.616; así como José Mª Sumpsi, «La reforma agrícola de la Agenda 2000», en Cuadernos de Información Económica, nº144/145, marzo/abril de 1999.

[4] Jaime Lamo de Espinosa, “La Agricultura española en la nueva PAC post 2013”, en foropac.es/content/la-agricultura-española-en-la-nueva-pac-post-2013. También J. A. Martínez et al, “Características del sector agrario español en el marco de la Unión Europea”, Instituto de Estudios Fiscales, 2013.



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